martes, 18 de agosto de 2009

Racismo en Cuba

El tema del racismo en Cuba o del prejuicio racial es uno de los más escabrosos en el actual contexto sociológico del país. El gobierno socialista afirma rotundamente que la discriminación racial ha sido definitivamenhte suprimida por la aplicación de su política de igualdad.

Dentro del ordenamiento jurídico del socialismo cubano el racismo, o más bien su manifestación como acto discriminatorio, constituye un hecho delictivo. El artículo 42 de la ley suprema del Estado socialista declara: "La discriminación por motivo de raza, color de la piel, sexo, origen nacional, creencia religiosa y cualquier otra lesiva a la dignidad humana, está proscrita y es sancionada por la ley".

Por otra parte, el Código Penal o Ley 62 establece en su artículo 295 una sanción de seis meses a dos años de privación de libertad o multa de 200 a 500 cuotas, o ambas, al que discrimine a otra persona o incite a la discriminación o difunda ideas basadas en la superioridad u odio racial o cometa actos de violencia o incite a cometerlos contra cualquier raza o grupo de personas de otro color u origen étnico. Sanción ésta, no obstante, muy benévola si se la compara con la prevista para el muy sui generis delito de "propaganda enemiga" que es sancionado hasta con ocho años de privación de libertad o con la de hasta tres años de prisión por el denominado delito de desacato al presidente del Consejo de Estado, al presidente de la Asamblea Nacional y a los miembros de los Consejos de Estado y de Ministros o a los diputados de la Asamblea Nacional.

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